Reglamento Interno
Aprobado con Resolución Directoral N° 002-DIR-JM-2024
El presente Reglamento Interno (RI) norma las relaciones de trabajo en los Aspectos Pedagógicos y Administrativos, entre los diferentes estamentos de la IE. Las disposiciones contenidas en el presente RI se cumplirán en la Institución Educativa Privada JESÚS MÍO, para todos los involucrados en el desarrollo del Plan Anual de Trabajo vigente: Directivos, Coordinadores, Maestros, Personal Administrativo, Colaboradores de Mantenimiento, Estudiantes y Padres de Familia.
Reglamento para la Matrícula
R.M. N° 665-2018-MINEDU "Norma que regula la matrícula escolar y traslado en las instituciones educativas y programas de Educación Básica"
La matrícula escolar es el único acto con el cual se formaliza el ingreso al sistema educativo peruano de todo estudiante. Efectuada la matrícula, la continuidad de la trayectoria en el sistema educativo del estudiante es automática en una misma u otra I.E.
La Matrícula se registra en la Ficha Única de Matrícula (FUM), la cual acompaña al estudiante a lo largo de su trayectoria educativa en todos los niveles, ciclos y/o modalidades de la Educación Básica; y se formaliza con la emisión de la nómina de matrícula respectiva. Tanto en el registro de la FUM como en la emisión de la nómina de matrícula, se realiza en el SIAGIE.
La matrícula se inicia en un plazo no menor de treinta (30) días calendario anteriores al inicio del periodo lectivo y finaliza según lo regulado para cada nivel de la EBR.
La difusión de la matrícula debe iniciar en un plazo no menor de treinta (30) días calendario anteriores al inicio de la matrícula. Para ello, la IE deberá publicar en un lugar visible del establecimiento educativo, en la página web y/o alguna otra plataforma comunicacional con lo siguiente:
Cronograma de la matrícula para el periodo lectivo.
Número de vacantes por aula para el periodo lectivo.
Número de vacantes destinadas a la inclusión de estudiantes con algún tipo de discapacidad leve o moderada.
Se reservarán dos (02) vacantes por aula para los estudiantes con NEE asociadas a discapacidad leve o moderada hasta por quince (15) días calendario, a partir del inicio de la matrícula. Cumplido este plazo, la IE podrá disponer de estas dos vacantes para todos los niños y niñas. Si las vacantes disponibles en las aulas estuvieran cubiertas, el director de la IE deberá emitir un documento que exprese la ausencia de vacantes y entregarlo al solicitante.
El cumplimiento de las edades reglamentarias de los estudiantes que se matriculan en el sistema educativo se realizará a través del SIAGIE.
Ningún estudiante puede recibir el servicio educativo sin estar matriculado.
La matrícula se realiza teniendo en cuenta la edad normativa para el ingreso a cada grado o edad, así como la edad máxima de estudiante para el grado y la flexibilidad sugerida para estudiantes con NEE asociadas a discapacidad. En todos los casos, el cálculo de las edades normativas y flexibles, se efectúa de acuerdo a la edad cronológica cumplida al 31 de marzo.
La permanencia en un mismo grado de los estudiantes con NEE asociadas a discapacidad se flexibiliza hasta un máximo de dos (02) años sobre la edad normativa correspondiente. Dicha flexibilidad solo se otorga una vez por nivel.
La matrícula se debe realizar en presencia del padre, madre, tutor o apoderado o su representante acreditado, presentando su DNI u otro documento que acredite dicha condición. En otros casos, es posible presentar una Carta Poder simple firmada por el padre, madre, tutor o apoderado; o una Declaración jurada del propio declarante (R.M. N° 665-2018-MINEDU / Anexo 01).
La matrícula también puede realizarse luego de los procesos de evaluación de ubicación, convalidación de estudios independientes, revalidación o convalidación de estudios. En estos casos es necesario consignar en la nómina de matrícula el proceso correspondiente así como el número de la resolución directoral que lo aprobó. La matrícula luego de estos procesos, se realiza considerando los plazos establecidos en las normas específicas correspondientes.
Para la matrícula, los datos personales del estudiante se acreditan con la copia simple del DNI o Partida de Nacimiento o Pasaporte u otro documento de identidad reconocido por las autoridades migratorias competentes, según corresponda. La falta de dichos documentos no es impedimento para la matrícula, previa presentación de una Declaración Jurada del padre, madre, tutor o apoderado, sobre la veracidad de los datos (R.M. N° 665-2018-MINEDU / Anexo 02). Y el cumplimiento de regularizar los documentos de identificación antes de cumplimientos de 45 días del inicio del periodo lectivo, a fin de que los estudiantes estén debidamente registrados.
En el caso de la matrícula de estudiantes con NEE asociadas a discapacidad; el director de la IE debe solicitar el CERTIFICADO DE DISCAPACIDAD que otorgan los médicos certificados registrados de las IPRESS a nivel nacional. Estas instituciones emiten el certificado de forma inmediata en los casos de deficiencia evidente o congénita una vez constatada la discapacidad. Asimismo, este certificado debe señalar la limitación en la actividad así como la restricción en la participación de las personas con NEE asociadas a discapacidad. Si no se cuenta con este certificado, puede presentar un certificado médico emitido por otro establecimiento de salud autorizado, que acredite una discapacidad, déficit o un retraso significativo en el desarrollo del estudiante; o puede presentar una Declaración Jurada que manifieste la condición de discapacidad. Este último certificado será válido con cargo de regularizarse en un plazo máximo de seis (06) meses desde el inicio del periodo lectivo. Todo ello, con la finalidad de asegurar oportuna y pertinentemente el apoyo necesario para el estudiante.
Durante la matrícula, en la IE, está prohibida cualquier práctica discriminatoria. La matrícula no está condicionada a examen de ingreso, admisión u otro tipo de evaluación directa al estudiante.
La reserva de matrícula de ingresantes al 1er Grado, se inicia en el mes de agosto del año previo al ingreso del estudiante. La matrícula regular, tanto de ingreso como ratificación, es única por cada nivel y se inicia la primera semana del mes de enero del año lectivo y se cierra la segunda semana del mes de abril.
La matrícula adicional se inicia la tercera semana del mes de abril y se cierra la segunda semana del mes de octubre del año lectivo.
Para el registro de matrícula de los estudiantes, se requiere la presencia de la madre, padre, tutor legal o apoderado (en estos casos se debe acreditar la condición, según corresponda), quien debe presentar lo siguiente:
DNI o pasaporte del estudiante.
DNI o pasaporte de la madre, padre, tutor legal y/o apoderado.
Constancia de Matrícula generada por el SIAGIE.
Informe de Progreso del Estudiante.
Certificados de Estudios que acredite haber aprobado el grado anterior.
Ficha Única de Matrícula generada por el SIAGIE.
Resolución Directoral de Traslado de la I.E. de procedencia.
Certificado de Discapacidad e Informe Neuropsicológico con diagnóstico (para estudiantes con NEE relacionadas a discapacidad).
Cuatro fotos tamaño carné.
Pago por derecho de Cuota de Ingreso y Matrícula.
Ficha de Matrícula con Declaración Jurada firmada por la madre, padre, tutor legal o apoderado.
Una vez realizado el pago de Cuota de Ingreso y Matrícula, se entregará la CONSTANCIA DE VACANTE, documento con el que el padre de familia podrán solicitar los documentos de escolaridad en el colegio de procedencia.
Luego de efectuar el pago, se coordinará con el Psicólogo y con los padres para determinar la fecha y hora en la que se realizará un Perfil Psicológico. Este no tendrá costo adicional pues está incluido dentro de la Matrícula.
Los documentos de escolaridad deberán ser entregados durante el mes de enero. En el caso de no entregar los documentos, se procederá a firmar una Declaración Jurada (R.M. N° 665-2018-MINEDU / Anexo 02) con el compromiso regularizar la documentación en un plazo máximo de treinta (30) días calendario posterior al inicio del periodo lectivo.
Para la ratificación de matrícula de los estudiantes, es importante la presencia de la madre, padre, tutor legal o apoderado, con la finalidad de actualizar los datos pertinentes del estudiante. Se debe presentar lo siguiente:
Ficha de Ratificación de Matrícula.
Pago por Derecho de Matrícula.
Declaración Jurada firmada por la madre, padre, tutor legal o apoderado.
Es competencia del Director de Gestión Educativa realizar el registro de las matrículas y generar las Nóminas de Matrícula en el SIAGIE.
Es competencia del Director de la IE aprobar las Nóminas de Matrícula con Resolución Directoral, previa verificación durante los primeros días del mes de marzo, para su respectiva presentación a la UGEL 03 de acuerdo a los plazos que indique.
El Director de la IE es el único responsable de la matrícula y del registro de la información en el SIAGIE. Ningún otro órgano y/o unidad orgánica del Sector Educación se encuentra facultado para modificar dicha información una vez registrada en el SIAGIE.
La NÓMINA DE MATRÍCULA es el documento emitido por la IE que contiene la relación de estudiantes matriculados y trasladados, por cada sección, grado, nivel, ciclo y/o modalidad. Dicha Nómina brinda oficialidad al registro de matrícula de un estudiante en una determinada IE.
La nómina de matrícula es elaborada por el director de la IE. Esta se emite a través del SIAGIE, en un plazo no mayor a cuarenta y cinco (45) días calendario posterior al inicio del periodo lectivo, y se formaliza con la respectiva Resolución Directoral de aprobación de la nómina.
Las nóminas de matrícula obtienen carácter oficial desde su aprobación mediante el SIAGIE por parte del Director de la IE, dicho acto será realizado bajo estricta responsabilidad del mismo.
En tanto las Nóminas de Matrícula oficiales son generadas por la IE a través del SIAGIE en archivo digital, no es necesario el envío físico de estos documentos a la UGEL 03, salvo que suceda una eventualidad a la operatividad del SIAGIE durante el periodo de generación y/o aprobación de dichos documentos.
Al término de la aprobación de las Nóminas y Nóminas Adicionales de Matrícula, el Director de la IE debe presentar, por mesa de partes, un oficio con la R.D. de aprobación de estos formatos, consignando la información de la fecha de aprobación que se visualiza en el sistema. Este oficio debe tener el V°B° del Director de Gestión Educativa.
El estudiante debe contar con un único registro en el SIAGIE, el mismo que debe estar vinculado a su DNI (a excepción de estudiantes o aquellos que por diferentes motivos no cuenten con DNI).
Aquellos directivos, coordinadores y/o maestros que adulteren datos del estudiante, tales como evaluaciones o fechas de nacimiento, serán sujetos a sanciones administrativas de acuerdo a la normatividad vigente de la UGEL 03.
Los datos personales de los estudiantes registrados en el SIAGIE son de carácter confidencial y se encuentran bajo el amparo de la Ley N° 29773, Ley de protección de Datos Personales y al TUO de la Ley N°27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
El Director de la IE y toda persona que cuente con acceso a la información del SIAGIE tiene que velar y salvaguardar la información personal de sus estudiantes o de quienes tengan la tutela de los menores.